FinCEN files leaks: del daño público a la defensa privada
Aspectos jurídicos y prácticos
*Juan Pablo Rodríguez C.
**René M. Castro V.
***Camilo A. Rueda B.
Este artículo se realizó por parte de los consultores de rics management teniendo en cuenta la información pública disponible hasta la fecha de su publicación, utilizando como fuentes los estándares internacionales sobre gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, algunas normas de países específicos y noticias de prensa.
Nuestra pretensión es presentar los aspectos jurídicos y prácticos derivados de la filtración de los reportes de operación sospechosa, sin perder de vista que se han hecho públicos los datos de entidades financieras y de algunos de sus clientes, información que está cubierta por el secreto bancario, y que contrasta con la imposibilidad que tienen los sujetos obligados de las normas antilavado de defenderse en público o presentar los soportes que demuestran la debida diligencia que aplicaron en cada caso, lo cual implicaría una violación de los datos personales.
Lo anterior, debido a la posible desinformación de los titulares en los medios de comunicación, ya que una cosa es que una entidad financiera sea sancionada administrativamente por el supervisor por incumplir la norma antilavado y otra es que una entidad financiera sea sancionada penalmente por lavar activos.
En ese sentido, no vamos a valorar en positivo o negativo la labor de las personas naturales o jurídicas relacionadas con el caso, sean estas clientes, sujetos obligados, reguladores, unidades de inteligencia financiera, agentes de la aplicación de la ley (fiscales e investigadores) o jueces.
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