La Globalización de la Criminalidad Organizada, el comercio ilícito de drogas, la corrupción, el terrorismo y su financiación y el lavado de dinero son algunas de las principales preocupaciones del mundo, que han obligado a los sistemas jurídicos del mundo a buscar herramientas del mismo calado, capaces de luchar contra el delito transnacional, y prueba de ello son los instrumentos internacionales y las legislaciones penales y administrativas que se han emitido sobre la prevención, investigación y detección del lavado de dinero y la financiación del terrorismo, conductas ilícitas que cobraron mayor importancia luego de los hechos del 11 de septiembre de 2001. Por lo tanto, el contexto internacional y las legislaciones nacionales contemplan mecanismos para prevenir, detectar e investigar estos delitos. Algunas de estas medidas internacionales son las Convenciones de las Naciones Unidas de Viena, de Palermo y de Mérida (de 1988, 2000 y 2003, respectivamente), así como las Nuevas 40 Recomendaciones del GAFI de 2012/2018. Así las cosas, rics management está en la capacidad de atender sus necesidades para mitigar el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Las compañías, independientemente al sector que pertenezcan, se encuentran expuestas al riesgo de fraude, para el efecto, se hace necesario, por un lado, atender con prontitud los escenarios de fraude de los que puede estar siendo objeto , para lo cual debe contar con la representación judicial en el proceso penal respectivo a fin de lograr el resarcimiento de los perjuicios y la responsabilidad penal de los defraudadores. Por tanto, la Auditoría Forense, ha desarrollado herramientas y procedimientos analíticos para la investigación, prevención y detección de delitos económicos y financieros que la han convertido en la herramienta más eficaz y eficiente para luchar contra estos delitos y prevenir el fraude ocupacional y corporativo. Los controles internos y los procedimientos operativos de las empresas han generado fallas en las actividades de control lo que ha ocasionado que los delitos económicos y financieros, tales como, fraudes internos, externos, colusión y corrupción, entre otros delitos, aumenten. La auditoría forense ha adquirido tanta trascendencia a nivel mundial que incluso un sector de la profesión han sugerido que a todas las empresas se les debería efectuar una auditoría forense por lo menos una vez cada tres años. El fraude a nivel corporativo y ocupacional en las compañías es un flagelo que las aqueja generando pérdidas importantes y desprestigio, por tanto, es necesario realizar un aseguramiento de la evidencia física y los elementos materiales de prueba, teniendo en cuenta, las exigencias legales y los estándares internacionales que se han establecido sobre la materia en relación con la cadena de custodia. Así las cosas, rics management está en la capacidad de atender sus necesidades para mitigar el riesgo de fraude.
Hay un concepto restringido y otro extensivo, para el primer caso, se considera corrupción, el conjunto de conductas delictivas que defraudan los recursos públicos del Estado, y que por lo general son cometidas por funcionarios públicos, aunque dependiendo de la legislación, es posible responsabilizar penalmente también a los particulares. Por su parte, el concepto extensivo, lo tomamos de Transparencia Internacional, que define la corrupción como el mal uso del poder encomendado para obtener beneficios privados; esta definición incluye tres elementos: el mal uso del poder, un poder encomendado, es decir, puede estar en el sector público o privado y un beneficio privado, que no necesariamente se limita a beneficios personales para quien hace mal uso del poder, sino que puede incluir a miembros de su familia o amigos. Para algunos, se han dado tres grandes categorías sobre corrupción: captura del Estado; clientelismo y nepotismo; y corrupción administrativa, para otros, hay corrupción política, corrupción administrativa pública, corrupción social y corrupción privada. También se dice que la corrupción es una especie del fraude, lo cual corresponde al denominado “árbol del fraude” de la Association of Certified Fraud Examiners que considera los conflictos de interés, el soborno, las gratificaciones ilegales y las extorsiones económicas como manifestaciones de la corrupción. En consecuencia se puede dividir la corrupción en corrupción administrativa y corrupción privada. Así las cosas, rics management está en la capacidad de atender sus necesidades para mitigar el riesgo de corrupción.
De antaño se ha definido como “carácter” y ahora se puede decir que es la ciencia de los valores, y los valores cuestan, así como tener la entereza para asumir las decisiones que se toman, lo cual es un reflejo de un valor: la responsabilidad.
Aunque su origen está en la filosofía, los casos recientes y los sucedidos en los 90´s y la primera década del 2.000, indican que hay una crisis de la denominada ética en los negocios o ética empresarial, y lo cierto es que las empresas no se comportan de forma autónoma, sino que las compañías ejecutan comportamientos por acción o por omisión a través de las personas naturales que las conforman.
En consecuencia, no es extraño que en el concierto internacional se diga que para luchar contra el crimen organizado es necesario tipificar la responsabilidad penal de la persona jurídica y no solamente resolver los casos con responsabilidad económica.
La ética corporativa implica un conjunto de herramientas que asegure relaciones transparentes en las compañías con sus diferentes grupos de interés dentro del marco de la integridad y el buen ejemplo.
La auditoría forense es, en términos contables, la ciencia que permite reunir y presentar información financiera, contable, legal, administrativa e impositiva, para que sea aceptada por una corte o un juez en contra los perpetradores de un crimen económico, como en este caso, el lavado de activos. En sus inicios la auditoría forense se definió como una auditoría especializada encargada de investigar los fraudes del sector público, considerándose un verdadero apoyo a la tradicional auditoría gubernamental, en especial ante delitos tales como: enriquecimiento ilícito, peculado, cohecho, soborno, malversación de fondos, prevaricato, conflicto de intereses, etc. Sin embargo, la auditoría forense no se ha limitado a los fraudes propios de la corrupción administrativa, sino que también ha diversificado su portafolio de servicios para participar en investigaciones relacionadas con crímenes fiscales, el crimen corporativo, el lavado de dinero y terrorismo, discrepancias entre socios o accionistas, siniestros en materia de seguros, disputas conyugales, divorcios y pérdidas económicas en los negocios, entre otros.
Ante una realidad como ésta, donde la labor del auditor forense cobra gran importancia en las investigaciones, es necesario que este tipo de profesional complemente sus conocimientos como contador y auditor habitual con capacitaciones en aspectos de investigación legal y formación jurídica, recolección de pruebas y evidencias, para que a la postre, demuestre sus habilidades en el manejo y evaluación del control interno y procedimientos de auditoría, que lo destaquen como un profesional de alta idoneidad y como un auxiliar de la justicia de obligada consulta.
En ese sentido, el auditor forense puede desempeñarse tanto en el sector público como privado, prestando apoyo procesal que va desde la asesoría, la consultoría, la recaudación de pruebas y el peritaje. De la misma forma, su labor no solamente se destaca en las investigaciones en curso, sino en etapas previas al fraude, es decir, el contador público actúa realizando investigaciones y cálculos que permitan determinar la existencia de un delito y su cuantía para definir si se justifica el inicio de un proceso; situación ésta, que aplica también para las investigaciones de crimen corporativo que se relacionan con fraude contable y corporativo ante la presentación de información financiera inexacta por manipulación intencional, falsificación, lavado de activos, etc.
Due Diligence es “una labor profesional de investigación, tendiente a la identificación de riesgos patrimoniales y regulatorios, que se destaca por su “flexibilidad” (EGUIA y PAPA, 2011). Otra definición supone “un proceso flexible, multidisciplinario, complejo y dinámico, no regulado legalmente, que consiste en la investigación y recopilación de información y documentación relevante de naturaleza legal, contable y tributaria, por parte de profesionales contratados para tales efectos, en el ámbito de sus respectivas incumbencias, razonable, adecuado y específicamente diseñado en base a las particulares características del “negocio en marcha”, con el propósito de evaluar el estado de sus elementos esenciales, el cual se estructura habitual y normalmente dentro de la etapa preliminar de una operación de compra proyectada, y cuyo objetivo primordial se focalizará en la individualización de todos aquellos riesgos cuya efectiva ocurrencia podría afectar adversamente los intereses de las partes contratantes…”
Así las cosas la debida diligencia es el conjunto de procedimientos para tomar una decisión suficientemente informado.
La lucha contra el crimen organizado ha tenido dos herramientas jurídicas, la primera y usada por todos los países del mundo es la judicialización de casos a través del proceso penal con el que se pretende imponer una sentencia condenatoria a los responsables de la comisión de los delitos respectivos, como es el caso del tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, lavado de activos, corrupción privada, soborno trasnacional, etc. La segunda y de uso poco generalizado (Colombia, México, Honduras, Perú, El Salvador y Guatemala) es la persecución de los bienes, activos, recursos y dineros que son producto de actividades delictivas, o que teniendo origen lícito, se dedican a actividades delictivas, sin importar en manos de qué persona natural o jurídica estén, tanto que la Oficina de las Naciones Contra la Droga y el Delito cuenta con una Ley Marco de Extinción de Dominio, como ejemplo para que otros Estados sigan el modelo de latinoamérica. En consecuencia, las entidades públicas y privadas están expuestas al riesgo legal de ser vinculadas a un proceso de extinción de dominio.
El poder de la información ha convertido a ciudadanos del común en “reporteros en tiempo real” de noticias, que sin confirmar su fuente o autenticidad, afectan de forma positiva o negativa a las empresas y sus vinculados como accionistas, miembros de Junta Directiva, representantes legales, revisores fiscales, auditores, beneficiarios finales, clientes, proveedores, empleados y aliados estratégicos.
Por lo anterior, es necesario tener en cuenta la fuente de la noticia, con criterios como la relevancia, el balance, la credibilidad, temporalidad, objetividad, exactitud y la audiencia a la que se dirige.
Finalmente, la información desde el punto de vista temporal se puede clasificar en inicial, transitoria, definitiva, actualizada, registrada e histórica.
En consecuencia, si la reputación es la percepción que tienen los grupos de interés de una compañía, es necesario validar que coincida con la realidad, ya que “no basta que la mujer del César sea honesta; también tiene que parecerlo”, por tanto se hace necesario que las compañías tengan un protocolo de gestión de riesgo reputacional.
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